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Qué es el Modelo 620 y para qué sirve

Es el impreso con el que se liquida el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales cuando compras un vehículo o una embarcación de segunda mano a otro particular. Sin él, la DGT no te cambia la titularidad.

Actualizado el 14 de agosto de 2026 · Revisado por Adrián E. Salavert López, abogado colegiado nº 19.302 (ICAV)

Definición

El Modelo 620 es la autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas) aplicable a la compraventa de determinados bienes muebles usados entre particulares: fundamentalmente vehículos a motor y embarcaciones.

Al ser un impuesto cedido, lo gestionan las comunidades autónomas: cada una fija su tipo y sus modelos. Algunas utilizan el 620 y otras denominaciones equivalentes, como el 621, según su normativa.

Para qué sirve

Quién lo presenta y cuándo

PreguntaRespuesta
¿Quién paga?El comprador
¿En qué plazo?30 días hábiles desde el contrato
¿Dónde?En la comunidad autónoma de residencia del comprador
¿Sobre qué valor?El mayor entre el precio y el valor fiscal de tablas
¿Y si compro a una empresa?No procede: esa operación lleva IVA
Aunque salga exento o a cuota cero, hay que presentarlo. La presentación es lo que genera el justificante que te pedirá la DGT. No presentarlo bloquea el cambio de nombre.

Qué ocurre si no lo presentas

Lo presentamos por ti

Calculamos el valor fiscal, liquidamos el impuesto y te enviamos el justificante listo para la DGT. 60 € + IVA.

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Preguntas frecuentes

¿Modelo 620 o 621?

Depende de la comunidad autónoma: algunas emplean el 620 y otras el 621 para el mismo tipo de operación. Nosotros presentamos el que corresponda según tu caso.

¿Vale para motos y ciclomotores?

Sí, con sus propias tablas de valoración según cilindrada y antigüedad.

¿Y si el vehículo es un regalo entre familiares?

Una donación no tributa por ITP sino por el Impuesto de Sucesiones y Donaciones. Es un trámite distinto.

¿Cuánto tarda?

La autoliquidación es inmediata: presentada y pagada, obtienes el justificante para acudir a la DGT.

Este artículo tiene carácter informativo. Tipos, modelos y cuotas varían según la comunidad autónoma. Servicio prestado por Adrián E. Salavert López, abogado colegiado nº 19.302 del ICAV.

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